22 de mayo de 2015
,por Rodríguez, Raquel y Pasinovich, Jorge
1. INTRODUCCIÓN
La reforma al Código Civil que unifica el Código Civil y de Comercio, no trae aparejadas modificaciones explicitas en la normativa concursal, sin embargo existen reformas que inciden en la labor del síndico concursal que se refieren, a los libros y estados contables sobre los que el síndico concursal debe dictaminar, sobre la regularidad con que son llevados a efectos de emitir opinión sobre los créditos presentados a verificar, sobre la regularidad con que son llevados dichos libros opinión emitida al elaborar el informe general y que permitirá conocer si los... >
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MODIFICACIONES INTRODUCIDAS A LA LEY Nº 19.550 Y LA SOCIEDAD UNIPERSONAL
4 de mayo de 2015
,por Rodríguez, Raquel y Pasinovich, Jorge
1. INTRODUCCIÓN
Hasta la sanción del Código Civil Unificado el empresario que quería comenzar un proyecto individual y limitar su responsabilidad patrimonial, sólo podía hacerlo si conseguía un socio al que le otorguaba alguna participación.
¿Eran reales esas sociedades? ¿Estaban permitidas?
Si bien a partir de distintas resoluciones, la Inspección General de Justicia (I.G.J.) impidió la registración de sociedades donde la tenencia accionaria de uno de ellos fuera ínfima, ello no impidió que se siguiera usando el "ropaje jurídico"} de una firma donde la realidad... >
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Ley Nº 26994 (P.L.N.) (B.O. Nº 32.985 del 2014-10-08)
Aprobación.
Por medio de esta ley se aprueba el Código Civil y Comercial de la Nación que como Anexo I integra la presente ley.
Se aprueba el Anexo II que integra la presente ley, y dispónese la sustitución de los artículos de las leyes indicadas en el mismo, por los textos que para cada caso se
expresan.
ARTICULO 3º — Deróganse las siguientes
normas:
a) Las leyes Nros. 11.357, 13.512, 14.394,
18.248, 19.724, 19.836, 20.276, 21.342 —con
excepción de su artículo 6°—, 23.091,... >
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Ley Nº 26.579 P.L.N.
(B.O. Nº 31.806 del 2009-12-22)
Modificación. Mayoría de Edad.. Por medio de la presente norma se modifica el Código Civil en los artículos 126, 127, 128, 131 y 132 del Título IX (de los menores); el artículo 166 inciso 5) y el artículo 168 del Capítulo III del Título I, Sección Segunda del Libro I (del matrimonio); los artículos 275 y 306 inciso 2) del Título III, Sección Segunda del Libro II (de la patria potestad)y el artículo 459 del Capítulo XII, Sección Segunda del Libro I(de las cuentas de la tutela).
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